Aunque, a primera vista, puede resultar sorprendente que relacionemos al arquitecto neoclásico con la citada fiesta religiosa, sólo hay que echar un vistazo a la Casa de la Villa para comprobar que existen vínculos muy directos.

La fachada norte de la Casa de la Villa, en una fotografía de 1930. Puede verse la galería de columnas realizada por Juan de Villanueva.
Este hermoso palacio barroco, construido entre 1644 y 1696 a partir de un primer diseño de Juan Gómez de Mora (1586-1648), fue objeto de una remodelación entre 1785 y 1789, que afectó a su fachada septentrional, que da a la Calle Mayor.
El objetivo era abrir un espacio en el edificio, que permitiera a la familia real contemplar con comodidad la procesión del Corpus.
La reforma recayó en un primer momento sobre Mateo Guill, arquitecto formado bajo las órdenes de Ventura Rodríguez, pero fue Juan de Villanueva quien finalmente la llevó a cabo.
El proyecto respetó en gran medida el aspecto original de la fachada norte, incluyendo las torres angulares, tan características de la arquitectura palaciega madrileña del siglo XVII. Tan sólo contemplaba la variación del segundo cuerpo, con la incorporación de seis columnas dóricas, a modo de gran logia o pórtico.
Detrás de ellas se dispusieron tres ventanas coronadas con un frontón triangular, siguiendo el modelo del resto de vanos. La función de mirador con la que fue concebida la galería quedó remarcada con un balcón corrido en saliente, hecho en hierro forjado.
La Custodia de Francisco Álvarez
La fiesta del Corpus Christi alcanzó su máximo esplendor en España en el siglo XVII, momento en el que los reyes españoles empezaron a asistir personalmente a los actos religiosos, en concreto, los que se celebraban en Madrid.
Un rasgo singular del Corpus madrileño es que la Custodia procesional no pertenece al clero, sino al pueblo, ya que fue costeada por suscripción popular, poco después de que Madrid fuera designara la capital de España. De ahí que se conserve en la Casa de la Villa, en el llamado Salón de Goya.
Esta impresionante obra está hecha en plata de ley y pesa 161 kilos. Fue realizada en 1573 por Francisco Álvarez, el platero de la reina Isabel de Valois (1546-1568), la tercera esposa de Felipe II (r. 1556-1598).
Es de estilo plateresco y consta de dos cuerpos. El primero se sostiene sobre ocho columnas corintias y el segundo forma un templo redondo, igualmente con ocho columnas, cuya parte superior se remata con una figura de la Ascensión del Señor.
En el interior se aloja otra custodia, de menor tamaño, que presenta una factura muy parecida a la de mayores dimensiones. También tiene dos cuerpos y ocho columnas.

La custodia procesional, instalada en la Plaza de la Villa, el día del Corpus Christi de 1930.

me contaron la historia un día que fui a visitar el Antiguo Ayuntamiento. Es uno de loos pocos casos que la iglesia no tiene poder sobre un objeto preligioso.
ResponderEliminarNo es que "no tenga poder"; es que no es suyo porque no lo pagó ella; lo cual es natural.
EliminarDe todas formas hay que recordar que antes de las desamortizaciones esto era muchísimo más común, porque las fundaciones que mantenían el culto/funcionamiento en las capillas familiares, cofradías, hospitales, colegios y universidades tenían en propiedad los objetos litúrgicos con que sus fundadores les dotaron o ellas mismas compraron.
Con las desamortizaciones, que les quitan las rentas, cierran o, en alguna, permite a los sucesores de los fundadores recuperar los bienes de la fundación, todo esto o bien se lleva al culto a las parroquias subsistentes, o se lleva a un museo. Los retablos que no pueden reutilizar simplemente se destruyen.
Respecto a los conventos (especialmente a los desamortizados, que siguen la misma suerte de lo dicho arriba) hay que recordar que no es que la "Iglesia" tuviera en propiedad algo, lo cual es y era imposible por no ser sujeto jurídico y por tanto titular de derechos y obligaciones.
Era bien un convento determinado (relacionado con el fundador privado), la orden (en el siglo XIX son más bien congregaciones religiosas ) y la diócesis, que antes de las desamortizaciones todas estaban dotadas de bienes que financiasen su actividad religiosa.
En Madrid, por ejemplo, al ser su ayuntamiento propietario desde principios del siglo XX del hospicio de San Fernando y del colegio de San Ildefonso (el de los niños de la lotería ), sus bienes muebles son propiedad también suya, entre los que están objetos de culto de sus respectivas capillas, por ejemplo el cuadro de Luca Giordano de San Fernando ante la Virgen.
Una de las razones por las que el Ayuntamiento de Madrid mandó hacer la custodia procesional es que hasta 1885 Madrid no tuvo catedral, porque no era diócesis: pertenecía a la archidiócesis de Toledo. Entonces si quería hacer una procesión del Corpus digna de la ciudad, necesitaba de una custodia a juego, que no existía por razones obvias.
ResponderEliminarEso no significa que no hubiera procesiones; las habría, pero parroquiales.
Entonces compara la procesión de Toledo con la que pudieran organizar las parroquia de el Salvador o de la Almudena, por ejemplo.